Un magistrado del Constitucional dice que el Tribunal debió llevar a Europa la ley que maniató al Consejo

Ludwig_Thompson

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El magistrado del Tribunal Constitucional José María Macías considera que el órgano de garantías debió elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea respecto a la ley que prohibió al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) hacer nombramientos mientras estuviera en funciones. Así lo sostiene en un voto particular, al que ha tenido acceso ABC; en el que discrepa con la decisión de sus compañeros de rechazar el recurso de inconstitucionalidad que el Grupo Popular presentó contra la norma que, después de la que maniató al CGPJ, levantó esa prohibición sólo para poder renovar un tercio del Tribunal Constitucional, el tercio que en diciembre de 2022 posibilitó una mayoría progresista en el órgano. Noticia Relacionada estandar Si Bolaños intenta colocar a sus candidatas en las salas del Supremo claves para el Gobierno Nati Villanueva Los casos del fiscal general y el exministro Ábalos se resolverán en las salas Segunda y Tercera, donde el Ejecutivo apuesta por Ferrer y TesoLa discrepancia de Macías no es tanto por el hecho de que por vía de la ley orgánica haya recuperado la competencia para el nombramiento de magistrados del TC «de la que nunca debió ser privado «, »sino a que se hayan reiterado los vicios de tramitación de una iniciativa legislativa que elude las exigencias de la cláusula de Estado de derecho tal y como es interpretada por la jurisprudencia del TJUE en relación con el artículo 2 del Tratado de la Unión Europea«. España, recuerda el magistrado, se comprometió a asumir el valor de Estado de derecho tal y como es concebido en ese precepto y »no es de recibo ni asumible que, para el TC, el Estado de derecho sea una cosa para España en Europa y que sea algo diferente (y menor) dentro de sus fronteras«. A su juicio, la declaración de inconstitucionalidad de la ley era posible sin necesidad de que se vieran afectados los nombramientos de César Tolosa y María Luisa Segoviano, los dos magistrados nombrados a propuesta del CGPJ (los otros dos lo fueron a propuesta del Gobierno).Tras recordar que la reforma que prohibió al CGPJ hacer nombramientos se tramitó y aprobó de manera acelerada (por vía de urgencia y en lectura única), y sin participación del Consejo, de la Comisión de Venecia y de los operadores y sectores afectados por la reforma, recuerda que la posterior modificación para levantar esa prohibición pone de manifiesto el manoseo de la ley orgánica y evidencia la falta de independencia del CGPJ respecto del Gobierno y una consiguiente pérdida de imparcialidad de los magistrados del TC designados por aquél. Apunta el magistrado que la materia del Estado de derecho e independencia judicial (ya sea del órgano de gobierno de los tribunales, de los tribunales ordinarios o del singular tribunal constitucional) «ya no es para legislador nacional meramente 'facultativa', 'discrecional' o que cuente 'con amplia libertad de configuración' ajena al derecho de la UE, sino que ha pasado a ser una competencia propia de la Unión».

 

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