Malestar en la carrera por una disposición de la ley de eficiencia que intenta colar a jueces por la puerta de atrás

Cordia_Klocko

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Una disposición metida a última hora en la ley de medidas en materia de eficiencia del servicio público de Justicia ha creado un profundo malestar en parte de la carrera al contemplar la posibilidad de que jueces sustitutos puedan ejercer en igualdad de condiciones que los togados que han aprobado la oposición. La segunda asociación judicial en número de afiliados, Francisco de Vitoria, se ha mostrado «tremendamente preocupada» con este extremo y se muestra dispuesta a dar la batalla por que siga siendo el sistema de oposición el indicado para acceder a la judicatura. Lo contrario, dice, «perturba los principios constitucionales que caracterizan la carrera judicial». Noticia Relacionada estandar Si Los jueces, el colectivo más estigmatizado por el Gobierno y la izquierda Nati Villanueva PSOE, Podemos y Sumar han puesto el acento en la «democratización» de la justicia sin dato alguno que releve que «son hijos de ricos»Así se ha pronunciado su portavoz nacional, Sergio Oliva, durante la clausura de la 38 asamblea general de la asociación. «El sistema de oposición actual, tanto por el turno libre como por el del cuarto turno, son sistemas que garantizan la independencia, la imparcialidad , el mérito, la capacidad, la igualdad de los jueces y de las juezas que integran la carrera judicial«, ha recordado. El proyecto de ley aprobado el jueves en el Congreso contiene una disposición final, la décimonovena nueva, que establece que «con el fin de acabar con la temporalidad, aumentar el número de efectivos y fortalecer las carreras judicial y fiscal, el Gobierno presentará a las Cortes Generales, en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de esta ley, un proyecto de ley orgánica para garantizar el cumplimiento de los estándares europeos fijados en la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada, conforme a la interpretación realizada por la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea«.El apartado dos de la disposición prevé además que ese proyecto de ley acomode el régimen retributivo y de seguridad social de magistrados y magistradas suplentes y juezas y jueces sustitutos «a los principios de independencia económica y protección durante el servicio activo y la jubilación, conforme a lo dispuesto en el artículo 402 de la ley Orgánica del Poder Judicial». Condiciones «degradadas»Durante su intervención del pasado 5 de noviembre en comisión, el diputado de Sumar Enrique Santiago se felicitó por esta nueva disposición recordando que uno de cada cinco jueces son «sustitutos y precarios» y aplaudió que con esta ley vayan a tener reconocidos sus derechos laborales «como cualquier trabajador». Ayer, en el Pleno, el diputado lo volvió destacar, calificando de «inaceptable» la situación. «Hay que acabar con la temporalidad aumentando el número de jueces y magistrados. Un 17 por ciento de los jueces de España son precarios, un colectivo con funciones esenciales en democracia pero que arrastran condiciones profesionales degradadas. Una vez nombrados solo perciben retribuciones cuando son llamados, permanecen grandes periodos en espera, sin poder realizar ninguna otra actividad (...)«. Los jueces sustitutos son juristas que no han llegado a la judicatura a través de la oposición, una vía que de forma mayoritaria la carrera considera imprescindible pero que lleva tiempo denostada por la izquierda. De hecho, en junio de este año Sumar presentó una proposición de ley para eliminar el sistema de acceso a la carrera judicial por el turno libre a través de una oposición y un periodo de formación teórico-práctico en la Escuela Judicial.

 

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