La justicia europea no ve discriminatorio que las azafatas cobren dietas más bajas que los pilotos

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Tripulantes de cabina de pasajeros de Iberia a la salida de un vuelo en el aeropuerto de Madrid-Barajas.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) no ve discriminatorio por razón de sexo que los tripulantes de cabina (azafatas de vuelo) —compuesto en su mayoría por mujeres— cobren dietas más bajas que los pilotos —la mayoría son hombres— por cubrir los mismos vuelos. La razón es que la normativa europea recoge que dicho trato diferente en temas salariales solo se da en aquellos casos en los que el trabajo desempeñado es el mismo o tenga el mismo valor, algo que el tribunal considera que no se da en el caso de estos dos colectivos. El caso concreto nace de la existencia de dos convenios colectivos en la aerolínea Air Nostrum, que contemplan una diferencia en las cantidades a abonar por los desplazamientos o estancias fuera de lugar de trabajo.

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