Jailyn_Swaniawski
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La Audiencia de Barcelona ha confirmado el archivo definitivo del caso de las gemelas de Sallent que en 2023 se lanzaron por el balcón de su casa. Un juzgado de Manresa ya archivó el caso el pasado mes de enero, pero la familia interpuso dos recursos, que finalmente han sido desestimados por la Audiencia de Barcelona.
Los magistrados recuerdan que un proceso penal "no es el lugar para investigar si unas actuaciones escolares o médicas fueron hechas de la mejor manera posible". "Un proceso penal solo tiene que continuar si hay indicios de delito y, tal como hemos argumentado, en este caso no hay", concluyen. Una de las jóvenes murió en el acto después de lanzarse por el balcón y la otra sufrió lesiones neurológicas importantes.
La interlocutoria de archivo que ha dictado la sección quinta de la Audiencia de Barcelona confirma los argumentos esgrimidos por el Juzgado de Instrucción número 3 de Manresa, que el 26 de enero de 2024 ya dictó el archivo provisional de la causa.
Las menores, según consta a la interlocutoria, habían dejado notas escritas para sus familiares. Una de ellas -la que murió- explicaba que no se sentía bien con ella misma y que quería hacer un cambio de género. La otra -que quedó herida grave- dejó escrito que no quería que su hermana se lanzara sola y que la acompañaría. Ante esto, la investigación policial intentó averiguar si la víctima podía estar sufriendo acoso escolar y si la escuela había actuado correctamente.
La investigación habría desvelado que la gemela podía haber sufrido algún tipo de acoso escolar por parte de algunos compañeros -todos ellos menores de 12 años- porque la chica "recibió insultos derivados de su orientación sexual y de su condición de extranjera". Aun así, apuntan que en el centro había un "contexto problemático" que "probablemente transcendía el caso concreto de la menor". También, aseguran, se sumó "cierto conflicto familiar".
Los magistrados apuntan que el acoso escolar "podría haber tenido cierto impacto en su decisión", pero "también existían motivos adicionales susceptibles de provocar su malestar" y que "podrían haber contribuido a la adopción de la decisión fatal". Por todo ello, creen que el acoso no se puede considerar "la única circunstancia" que causó la muerte de la joven.
Sobre si el centro escolar protegió suficientemente a la menor dentro del ámbito de sus competencias, los magistrados aseguran que en una causa penal tienen que valorar "la atención material de los profesionales del centro y de las autoridades competentes" con el objetivo de ver "si fueron diligentes" en la protección de la menor. De la investigación practicada, aseguran los magistrados, se deduce que la menor sí que recibió una "atención personalizada, adecuada y proporcionada a su situación de vulnerabilidad". Aseguran que varios profesionales -educativos, sociales y sanitarios- estaban al caso de su situación y le hacían un seguimiento.
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