Expertos ven posible malversación por inducción de Begoña Gómez con la asesora de Moncloa

joanie.kuhlman

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Begoña Gómez y los responsables del Ministerio de Presidencia que autorizaron que Cristina Álvarez, directora de Programas de la secretaría general de la Presidencia del Gobierno, ayudara a la esposa del presidente, Pedro Sánchez , con gestiones de su cátedra extraordinaria de Responsabilidad Social Competitiva (RSC) de la Universidad Complutense de Madrid pudieron incurrir en un presunto delito de malversación, apuntan penalistas consultados por ABC. En el caso de los superiores de Álvarez , algunos de los expertos contactados ven componentes para la posible existencia de un delito por permitir su dedicación a funciones distintas a las previstas para su cargo, mientras que en el caso de Begoña Gómez , destacan que en los tipos del delito de malversación de los artículos 432 a 435 del Código Penal pueden invervenir extraños, aunque se trate de un delito especial, por medio de la cooperación necesaria o por inducción. Como desveló este diario, la asesora de la Moncloa trabajó en Inmark , la misma compañía que Begoña Gómez, antes de ser contratada para desempeñar el cargo público que ostenta en la actualidad. Llegó a la Moncloa en 2018 , tras la moción de censura que llevó a Pedro Sánchez a la presidencia del Gobierno.Noticia Relacionada estandar Si El juez recaba las cuentas bancarias de Begoña Gómez y su certificado de matrimonio Isabel Vega Peinado también ha citado a Güemes como imputado el 18 de diciembre y pide investigar a la responsable de Recursos Humanos del Instituto de Empresa por un delito de desobedienciaSegún los correos electrónicos que obran en la causa del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid en el que la esposa del presidente del Gobierno está investigada por presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida , Cristina Álvarez solicitó dinero a empresas privadas para las actividades profesionales de Begoña Gómez. También escribió en su nombre a Juan Carlos Doadrio, el ex vicerrector de Relaciones Institucionales de la Univesidad Complutense de Madrid donde la esposa de Sánchez dirigió la citada cátedra extraordinaria y dos másteres adscritos a éste. Distintos correos electrónicos de la investigación demostrarían que Álvarez era informada, igual que el resto de miembros del Comité de Seguimiento de la cátedra extraordinaria, puesto que era una de las personas a las que se ponía en copia de las comunicaciones. En febrero de este año, Álvarez se dirigió a la compañía Reale , una de las financiadoras del plan de estudios, para que continuara respaldándolo: «Me dice Begoña que te traslade que le encantaría que sigáis como Patronos de la Cátedra, aunque sea con una cantidad inferior. Dispuestos a colaborar con vosotros en lo que necesitéis», escribió a los responsables de la compañía. Las acusaciones de la causa que instruye el juez Juan Carlos Peinado contra Begoña Gómez ya han solicitado la declaración como testigo de Álvarez. La dificultad de la prueba Mientras algunos letrados y catedráticos consultados por este diario no ven posible que Gómez pudiera ser sujeto activo del delito de malversación según su redacción del artículo 432 , otros ven claro que podría solicitarse que se le investigara por inducir a la utilización de bienes públicos o una actividad pública a un fin privado si se ve claro que existe una situación de «dominio funcional». Apuntan, sin embargo, por un lado al «peligro de la interpretación extensiva o analógica» del delito, restringida por el principio de legalidad del artículo 25 de la Constitución Española y, por otro, a la dificultad de la prueba. Para que una conducta como la de la esposa del presidente con la asesora de La Moncloa llegara a investigarse en un juzgado, haría falta una prueba consistente. La constatación de que «se trata de una dedicación a fines privados por parte de un funcionario repetida y que se extiende en el tiempo».Y, en este sentido, recuerdan el precedente de la apertura de una investigación a Teresa Arévalo , asesora de la exministra de Igualdad Irene Montero, por presuntamente dedicar parte de su horario a cuidar a los hijos de la exministra y el líder de Podemos, Pablo Iglesias. Aquella investigación, que el juez del caso Neurona, Juan José Escalonilla, abrió a la asesora por presunto delito de malversación por si se dedicó a dicha actividad, según denunció una extrabajadora de Podemos , «en el momento en que desempeñaba funciones remuneradas por el erario público», acabó archivado por falta de pruebas. Negociación prohibidaEl titular del Juzgado de Instrucción 42 archivó la investigación argumentando que «no consta acreditado que persona alguna, ajena a los propios padres, se haya encargado de su cuidado durante el tiempo que desempeñaba funciones remuneradas por el partido político Podemos o remuneradas por el erario público». Sin embargo, justificó por qué los hechos no eran «intrascendentes» y podían ser constitutivos del delito de malveración por parte de la asesora. «Por lo tanto, no parece que los hechos 'a priori' resultaran intrascendentes, salvo que se considere indiferente , y por ello intrascendente, la percepción de dinero público sin el consecuente desempeño de la función determinante de su percepción, dedicándose el perceptor a actividades privadas ajenas a la función pública asignada», expuso el juez. Respecto a la trabajadora pública Cristina Álvarez , los penalistas que hablaron con ABC, con la información de la causa con la que se cuenta hasta el momento, no sólo se refirieron a la posibilidad de la apertura de una investigación por malversación, sino que también apuntaron al delito de negociaciones prohibidas a funcionarios del artículo 439 del Código Penal, que prevé penas de entre seis meses y dos años de prisión y la inhabilitación para «la autoridad o funcionario público que, debiendo intervenir por razón de su cargo en cualquier clase de contrato, asunto, operación o actividad, se aproveche de tal circunstancia para forzar o facilitarse cualquier forma de participación, directa o por persona interpuesta, en tales negocios o actuaciones».

 

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