arianna.anderson
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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha revocado parcialmente la sentencia de fecha 8 de mayo de 2024 dictada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial en la que se condenaba a Teresa J. a once años de prisión por un delito de incendio en el único sentido de apreciar la agravante de aprovechamiento de las circunstancias de tiempo, imponiendo y elevando la pena a 13 años de prisión. En el fallo, al que ha tenido acceso ABC, el alto tribunal andaluz fundamenta que exactamente en este caso hubo «aprovechamiento de las circunstancias de tiempo» y añade que «esto es precisamente lo que sucedió: »la acusada eligió una hora intempestiva de la noche, las 4.20 horas, para cometer su acción criminal, para lo que había salido a la calle provista de la sustancia inflamable y el encendedor o similar, en un momento de la noche en que nadie transitaba por ese lugar de la ciudad y los moradores de la vivienda dormían, y así reza en el relato de hechos probados de la sentencia«. Esto favoreció, sin duda, el designio criminal de la acusada: por la hora que era, se hacía muy difícil que alguien de dentro o de afuera de la casa pudiera sorprenderla en plena acción incendiaria para impedirla, o para identificar a la acusada o retenerla, o para reaccionar de inmediato y reclamar ayuda en evitación de la magnitud que alcanzó el incendio.Noticia Relacionada Aguilar de la Frontera estandar No Piden 18 años de cárcel para la acusada de provocar un incendio donde murió otra mujer Pilar García-Baquero La Fiscalía pide para la encartada una pena de 18 años de prisión por un delito de incendio en concurso ideal con el de homicidio imprudenteEl tribunal entiende «que la agravante concurre sin ninguna duda, en plena compatibilidad con el peligro objetivo que el incendio causó para la vida de los moradores de la vivienda incendiada«.La sentencia, a la que ha tenido acceso ABC, recoge como hechos probados que la acusada Teresa J., vecina de la localidad de Aguilar de la Frontera, igual que el matrimonio formado por la víctima mortal , su marido y sus tres hijos que residían en el centro de la localidad, a escasa distancia (unos 80 metros aproximadamente) del domicilio de la acusada.La relación entre el matrimonio, sus hijos y la acusada era de mero conocimiento por ser vecinos del pueblo y sin que hubiesen tenido conflicto alguno ni discusión . La acusada, sobre las 4.22 horas del 9 de julio de 2020 y cuando ninguna persona transitaba por el lugar, se detuvo delante de la ventana de la planta baja de la vivienda de la mencionada calle, para acto seguido arrojar sobre la parte inferior del marco de la ventana -que estaba cerrada- una cantidad pequeña de líquido inflamable al que prendió fuego, marchándose a continuación del lugar.Noticia Relacionada SUCESOS estandar No Incendio Córdoba | Desalojado un bloque junto a Reyes Católicos por un fuego en una cochera Rafael Aguilar Los vecinos, que no han sufrido daños, se han quedado sin luz en sus viviendasEl fuego hizo arder la persiana de madera de la ventana afectando tras estallar los cristales a la cortina del interior y a otros enseres como libros de la habitación hasta propagarse por la estancia y de ahí al resto de la vivienda. El inmueble consta de tres plantas en cuyo interior dormían el matrimonio y dos de sus hijos. Uno de ellos lo hacía en una habitación de la primera planta que da a la calle, haciéndolo su esposa en otra de la segunda justo encima de la anterior y los hijos en sendas habitaciones de la primera planta situadas más al fondo de la vivienda.La madre, tras percatarse del incendio, bajó alarmada a la primera planta y se introdujo en la habitación que da a la calle, en cuyo interior falleció a causa de la inhalación de humo que le provocó una intoxicación por monóxido de carbono. Su esposo, que solo vio a su mujer un momento pues el humo se lo impedía, se desplazó hacia el otro ventanal de la habitación con la intención de tirar el colchón a la calle y saltar, permaneciendo en el balcón donde fue socorrido por los agentes de Guardia Civil que se personaron tras ser avisados por un vecino.Afectados por la inhalación de humoFue necesaria la intervención de distintas patrullas de la Guardia Civil y del Servicio de Bomberos. Estos últimos ayudaron a los dos hermanos, que se habían refugiado en un cuarto de baño situado más al fondo de la casa. Tras ser rescatados los tres, fueron trasladados al Hospital de Montilla para ser atendidos. Tanto el padre como sus tres hijos precisaron y siguen necesitando en la actualidad asistencia psicológica y psiquiátrica.En cuanto a la autoría, la sentencia recoge que «existe prueba suficiente de que la acusada provocó el incendio en la madrugada del 9 de julio de 2020. Para acreditar su participación «ciertamente no existe una prueba directa» al no contar con testigos que hayan visto que causaba el fuego, ni contar con el reconocimiento por la acusada , ni poder apreciarse con total nitidez en la grabación de la cámara que sea ella la mujer a la que se ve detenerse a la altura de la ventana de la vivienda , para permanecer unos segundos tras los cuales surge una llama que va ganando intensidad hasta desembocar en el incendio.No obstante, según el tribunal «contamos con prueba indiciaria suficiente para entender probado que fue ella la que esa noche lo realizó». Es una máxima jurisprudencial, añade el fallo, que la llamada prueba indiciaria es suficiente para enervar el principio de presunción de inocencia puesto que si son ciertos los indicios, ha de serlo también el hecho determinante de la culpabilidad de cuya fijación se trate.
El TSJA eleva de 11 a 13 años de prisión para la mujer condenada por provocar el incendio mortal de Aguilar de la Frontera
El alto tribunal andaluz desestima el recurso de la defensa y admite parcialmente el de la acusación por ser agravado por aprovechamiento del tiempo
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