bernier.shayne
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Otro fleco más que llega al Tribunal Supremo de la 'macroinspección' fiscal a la gestora de capital riesgo CVC que desembocó en una liquidación con sanción de 355 millones y una investigación por fraude tributario. La Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal analiza si la firma ha sufrido indefensión por la imposibilidad de interponer recurso en vía administrativa frente a la liquidación vinculada a delito. Esta admisión se produce unos meses después de que el mismo órgano judicial le diera la razón al inversor al tumbar los interrogatorios ejecutados a la cúpula durante la investigación en 2021.
El primer paso se dio en el Juzgado Central de lo Contencioso en mayo de 2023. Rechazó las alegaciones de CVC que entendía que había sufrido lo que se conoce como vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva. Según la firma, se habría producido como consecuencia de la imposibilidad de interponer recurso alguno en vía administrativa frente a la liquidación, que es un acto administrativo. Por esto se puso fin a un procedimiento de comprobación, concluyendo la falta de jurisdicción de orden contencioso-administrativo al corresponder a la jurisdicción penal.
Ante esta primera derrota, la gestora presentó un recurso de apelación que fue desestimado por la Audiencia Nacional. Los jueces de esta última insistían en que la liquidación vinculada a delito es sólo una antesala "al servicio de la causa penal". Concluyeron que el hecho de que los defectos de procedimiento no puedan ser recurribles en vía administrativa "no lesiona en ningún caso el derecho a la tutela efectiva". "Todas las irregularidades que se hayan podido cometer en la práctica de dicha liquidación podrán ser objeto de examen a través del recurso contencioso-administrativo contra la misma", insistieron.
En el último auto del Supremo -ha emitido otros dos más en los últimos meses- insiste en que existe interés en analizar si en casos como el de CVC hay una indefensión del recurrente en caso de no poder presentar recurso de alzada en vía administrativa para una liquidación vinculada a delito. Ahora deben ser los magistrados del Alto Tribunal los que analicen si finalmente este fleco de la inspección fiscal a la firma y su tramitación también es tumbado.
Este procedimiento tiene origen en la inspección y liquidación ejecutada por la Agencia Tributaria en el año 2021 que castigaba la forma en la que tributó la venta cuatro años antes de IDCSalud (Quirón) a Fresenius. El entramado de sociedades con sede en Luxemburgo y Países Bajos permitió reducir al máximo la factura fiscal. Según la propia Fiscalía, la transacción de Quirón generó una base imponible de más de 2.877 millones de euros pero una cuota íntegra de cero euros como consecuencia de la aplicación del convenio de doble imposición entre España y Países Bajos.
La firma encabezada por Javier de Jaime atacó dos flancos. Por un lado presentó varias demandas contra Hacienda en la Audiencia Nacional por esta imposibilidad de recurrir. Esta es la que ahora debe resolver el Supremo. Por el otro se denunció ante el TSJ de Madrid por aspectos vinculados directamente con la propia inspección y por los interrogatorios que se efectuaron a parte de la plantilla. Este último caso llegó al Supremo que dictó sentencia favorable a la empresa tumbando todos esos interrogatorios.
Un golpe por los interrogatorios
Pese a que otro de los flecos de esa inspección, el del registro y acceso a los datos durante la intervención del juez a las oficinas de la firma, fue respaldado por el Alto Tribunal, la decisión sobre los interrogatorios sacudió el caso. La Fiscalía estimaba que la cuota defraudada ascendía a 355 millones con una deuda resultante total de 369 millones. Esas liquidaciones fueron remitidas a la Fiscalía pues “el inspector fiscal pertinente ha alegado que ciertas partes, incluido entre otros el socio general del fondo, pueden haber ocultado información con el fin de evadir los impuestos españoles”. La fase de investigación para confirmar si realmente existe fraude fiscal no ha arrojado avances que se hayan hecho públicos.
La firma de inversión, socio relevante de Naturgy y de LaLiga y que cotiza en el Euronext desde los primeros meses de este año 2024, no ha hecho mención a este caso en los reportes económicos presentados al mercado desde el segundo trimestre. En el folleto se insistía en que esa fase de investigación seguía abierta, “ y no es posible determinar si se presentarán cargos o, en caso de presentarse, quién será acusado”.
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