zgoldner
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El 24 de julio de 2008, el Consejo de la Unión Europea aprobó una decisión marco (similar, pero diferente a una directiva) relativa a la consideración de las resoluciones condenatorias entre los Estados miembros de la Unión Europea con motivo de un nuevo proceso penal. En ella se establecía el principio de equivalencia de las resoluciones judiciales de los Estados miembros del siguiente modo: cada Estado miembro garantizará que se tomen en consideración, con motivo de un proceso penal contra una persona, las condenas anteriores pronunciadas en otros Estados miembros contra la misma persona por hechos diferentes en la misma medida que las condenas nacionales anteriores, de conformidad con el derecho nacional.
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El principio de equivalencia de las condenas en la Unión Europea
En 2008 el Consejo de la UE concedió a los Estados miembros hasta el 15 de agosto de 2010 para incorporar la norma que permite la convalidación de penas ya cumplidas en otro país europeo
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