Kiarra_Kuhic
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El titular del Juzgado de Instrucción número 31 de Madrid, Marcelino Sexmero, ha vuelto a rechazar la reapertura de la investigación sobre el paso de la vicepresidenta de Venezuela, Delcy Rodríguez, por el aeropuerto de Madrid en enero de 2020 que instaba Vox tras revelar el caso Koldo que el presidente del Gobierno estaba al tanto de que pretendía desplazarse a España para pasar unos días teniendo vetado el acceso a territorio europeo por las sanciones al régimen de Maduro. En una resolución notificada este miércoles, el instructor, en línea con el criterio de la Fiscalía, explica que el conocimiento de estos hechos por parte del entonces ministro de Transportes, José Luis Ábalos, su asesor Koldo García y el comisionista Víctor de Aldama, así como de Pedro Sánchez que Vox señala como «hechos nuevos» para pedir la reapertura de la causa, no tiene en realidad relación con las pesquisas, que se centraban en si Delcy Rodríguez había o no pisado territorio nacional. Recuerda además que ya el Tribunal Supremo archivó la parte del Delcygate que afectaba a Ábalos en tanto que se había reunido con la venezolana aquella noche en el aeropuerto, al concluir que la vulneración de la sanción europea que impedía a la venezolana entrar en España, de haberse producido, que el juzgado de instrucción concluyó que no porque permaneció en zona de tránsito, no habría sido delito, pues no tiene relevancia penal, sino reproche político. Noticia Relacionada Dice que la competencia es de Interior estandar No El exdirector del Aeropuerto Barajas desconocía la llegada de Delcy Rodríguez Defiende su actuación en la conservación de las grabaciones, que custodió hasta 2022 y asegura que no hizo copiasCon esta premisa, el juez razona que «no se acierta a entender la relación que pueda haber entre la presente causa cuyo objeto era determinar la actuación en la presencia de un político venezolano en la terminal de Barajas y el rescate o subvenciones a Globalia, una supuesta compra de oro para Bancasa y la intervención del tal Koldo y el Sr. Aldama sin que la supuesta autorización del presidente de aquella visita tenga relevancia penal, pues no la tenía la del propio ministro». En su opinión, «nada de estos hechos tienen relevancia en la presente causa, cuyo objeto siempre fue determinar si la presencia de Delcy Rodríguez en territorio español en la madrugada del 20 de enero de 2020 tenía carácter delictivo y estos hechos alegados no convierten en penalmente relevantes los indicios señalados que ya el Tribunal Supremo entendió que tenían unos perfiles ajenos al Derecho Penal». Además, recuerda que las actuaciones que pudieran haber desempeñado tanto Koldo García como Víctor de Aldama ya están siendo objeto de investigación en la Audiencia Nacional, «donde habrá de dilucidarse el alcance de dichos hechos y su relevancia penal» y no en los juzgados de Plaza de Castilla.

El juez descarta reabrir el Delcygate por las revelaciones del caso Koldo
Rechaza la petición de Vox porque no ve relevancia penal ni relación con la investigación inicial sobre la presencia de Delcy Rodríguez en Barajas