cristobal11
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El juez del Tribunal Supremo que instruye la causa contra el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por presunta revelación de secretos ha levantado el secreto parcial de las actuaciones para que las partes puedan tener acceso en igualdad de condiciones que tuvo la Fiscalía a los autos en los que acordó la entrada y registro en los despachos de los dos imputados: el propio fiscal general y la jefa de la Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez. La teniente fiscal del Supremo recurrió esas resoluciones y ahora el instructor da traslado de este recurso a las partes para que formulen sus alegaciones en un plazo de cinco días.Noticia Relacionada estandar No El juez acota ahora la investigación de los mensajes de García Ortiz a sólo una semana Nati Villanueva«El referido recurso (de apelación de la Fiscalía), que, sin duda ha de ser admitido a trámite, conlleva que, de conformidad con lo dispuesto en el art. 776.3 LECrim., se dé traslado a las demás personadas por un plazo común de cinco días para que puedan alegar por escrito lo que estimen conveniente , señalar otros particulares que deban ser testimoniados y presentar los documentos justificativos de sus pretensiones. Sucede, sin embargo, que, en el caso, esas demás partes, que no son el Ministerio Fiscal, no han tenido conocimiento de los autos recurridos, más que de sus respectivas partes dispositivas, a diferencia del Ministerio Fiscal, que los conoce en su integridad, lo que, por razones de tutela judicial efectiva y porque no considero razonable que formulen sus alegaciones en respuesta al recurso formulado por el Ministerio Fiscal poco menos que a ciegas , se está en el caso de darles traslado de los referidos autos, también, en su integridad«, dice el juez Hurtado. Señala, además, que cuando acordó el secreto de las actuaciones (el pasado 30 de octubre) se hizo sin restricciones, «por cuanto que se consideró que, de esa manera, se aseguraba mejor la diligencia de entrada y registro que debía llevarse a continuación y sería más eficaz, y, en consecuencia, era lo aconsejable para un mejor resultado de la investigación».Precisa que esa diligencia ya ha sido practicada, e, intervenido el material correspondiente, que se encuentra en fase de análisis pericial, a la espera de su resultado, «por lo que, a estos efectos, sigue siendo aconsejable mantener, por ahora, el secreto en lo que a la práctica de la diligencia se refiere». No obstante, sí ve conveniente levantar el secreto en los que a la notificación íntegra de esos autos se refiere así como el del pasado viernes en el que acotó el análisis de los dispositivos del fiscal general de siete meses a siete días. Entiende que «una vez intervenido el material correspondiente, no compromete el resultado de la investigación». A ello se suma el hecho de que el Ministerio Fiscal haya tenido conocimiento íntegro de todos y haya podido impugnar los dos primeros autos y el resto de partes no. En sus recursos, la Fiscalía cuestionó la idoneidad y proporcionalidad de la entrada y registro en el caso de ambos imputados.
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