El Gobierno admite el uso de los proyectos renovables en marcha para avalar créditos participativos 'verdes'

Linda_Moen

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La financiación participativa es un método de recaudación de fondos que permite reunir capital de varios inversores. Este modelo está ganando terreno en el campo de las energías renovables debido a su accesibilidad y flexibilidad, permitiendo a proyectos energéticos de todo tipo y tamaño obtener los fondos necesarios para su desarrollo. En este sentido, en operaciones de préstamo en general, y de 'crowdlending' en particular, es especialmente relevante la robustez de las garantías tomadas por los inversores, de forma que si el prestatario -dueño del proyecto de generación renovable- incumple con sus compromisos de devolución del préstamo, los inversores tengan herramientas a su disposición que sean lo más sólidas y ágiles de ejecutar posible para asegurarse la recuperación de su inversión e intereses.

La Resolución de 22 de octubre de 2024, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública (DGSJFP), adscrita al Ministerio de Justicia, llega para despejar las dudas que puedan surgir sobre la constitución e inscripción de garantías habituales en financiación de proyectos de generación 'verde'. Para ponerse en contexto, el pronunciamiento es consecuencia del recurso interpuesto por la mercantil Lorenzo Solar SL contra la nota de calificación de la registradora Mercantil y de Bienes Muebles III de Murcia, María de los Ángeles Cuevas, por la que se denegó la inscripción de una escritura de prenda de participaciones sociales e instalación fotovoltaica.

La resolución, analizada por el despacho Cuatrecasas, recoge que la licencia administrativa para la explotación de la instalación es susceptible de pignoración (dejar en prenda uno o varios de nuestros bienes como una forma adicional de garantía de pago) mediante prenda sin desplazamiento de la posesión siempre que se acredite su titularidad y sea transmisible. Además, el documento indica que al amparo del art. 54 de la Ley de Hipoteca Mobiliaria y Prenda sin Desplazamiento (LHMPSD) está correctamente constituido como prenda sin desplazamiento el derecho real de garantía sobre la pluralidad de bienes que constituye una instalación fotovoltaica, donde la individualización concreta de los bienes no es posible y se atiende más a las características del conjunto.

El propio activo garantiza la devolución de los fondos​


"Este caso reviste especial importancia para facilitar la financiación de proyectos en los que el propio activo de generación eléctrica garantiza la devolución de los fondos, como sucede con numerosos proyectos de generación de energía fotovoltaica o eólica", explica a La Información Económica el director financiero de Fundeen, Carlos Vitoria. Subraya también que todas las medidas destinadas a proporcionar una mayor seguridad jurídica a los inversores que participan en la financiación de las operaciones vinculadas a la transición energética, y que canalizan los proveedores de servicios de financiación participativa, resultan en "operaciones más sólidas y seguras", reduciendo el coste de las transacciones.

En opinión de Vitoria, bajo este escenario se facilita el acceso a capital a proyectos de pequeño tamaño vinculados a la transición energética, que requieren de fuentes de financiación alternativa como Fundeen para el acceso al capital que les de viabilidad. "La resolución es interesantísima por la claridad que aporta respecto a la posibilidad de registro de una prenda sobre el tipo de activo concreto de instalaciones fotovoltaicas. En sectores innovadores y en constante evolución, como las energías renovables y los servicios de financiación participativa regulados por la CNMV que presta Fundeen, resulta muy positivo que, dentro del marco jurídico vigente, las actuaciones de los Registros y, por ende, la seguridad y protección que estos ofrecen a los inversores, se adapten progresivamente, permitiendo su desarrollo", argumenta el directivo.

Mayor solidez a las operaciones de inversión colectiva​


Por su parte, Sabina Díaz, 'Legal and Transaction Management Director' en BondHolders, considera "fundamental" las acciones encaminadas a dotar de solidez a las operaciones de plataformas de inversión colectiva. "Si el sector se articula en torno a operaciones robustas, con un nivel de garantías adecuado, su crecimiento será exponencial, como ya está ocurriendo con las financiaciones promovidas por plataformas 'crowdfunding' en otros sectores como el inmobiliario", añade. En la misma línea, el economista y analista financiero Javier Santacruz destaca que esta aclaración de concepto que ha realizado el Ministerio de Justicia a la registradora es importante porque, en su opinión, permite abrir una ventana de oportunidad para todos aquellos que o bien quieren invertir en renovables y tienen problemas para ofrecer garantías iniciales, o para aquellos que ya habiendo desarrollado el proyecto, necesitan refinanciar una parte o todo ante las mayores dificultades para conseguir el dinero o ante una crisis de rentabilidad con respecto a lo esperado en su plan de negocio.

 

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