Dos magistrados del Constitucional alertan del abuso de la proposición de ley para eludir consultas e informes

Joelle_Welch

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Los magistrados Enrique Arnaldo y Concepción Espejel consideran que es obligación del Tribunal Constitucional advertir al Parlamento de la necesidad de «hacer un uso adecuado de los procedimientos parlamentarios» en función del calado de la reforma legal que se lleve a cabo. Así lo sostienen en el voto particular concurrente que ambos magistrados han suscrito sobre la última reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la que, después de hurtar al CGPJ la facultad de hacer nombramientos mientras estuviera en funciones, se la devolvió parcialmente sólo para renovar el tercio del Tribunal Constitucional. Sin los dos magistrados que tenía que proponer el Consejo, el Gobierno no podía hacer lo propio con los dos que le correspondían y esa renovación es la que permitió invertir las mayorías en el órgano de garantías. En el voto, al que ha tenido acceso ABC, Espejel y Arnaldo sostienen que las proposiciones de ley deberían entenderse como forma de iniciativa legislativa «al servicio de las minorías parlamentarias, y en ningún caso ser utilizadas para eludir consultas, informes o dictámenes que, en otro caso, serían preceptivos«. De igual forma, critican el empleo del procedimiento de urgencia que comporta »la radical reducción de los plazos de análisis, estudio y deliberación de una iniciativa legislativa (...). Formas y procedimientos son esenciales y más aún cuando esta es la expresión de la voluntad popular«, dicen. Más aún cuando se trata de reformas legales que atañen al Poder Judicial porque cuando se le «desapodera» de sus facultades se «pone en peligro el principio democrático». «Una reforma que conlleve un retroceso en la protección de la independencia judicial no es compatible con la protección del Estado de derecho», recalcan. Su voto particular se une al suscrito por el magistrado José María Macías (en este caso discrepante), quien, como informó ABC, sostiene que el Pleno debió llevar a Europa el manoseo de la Ley Orgánica del Poder Judicial al ser la independencia judicial y el Estado de derecho un asunto que trasciende nuestras fronteras e incumbe a la Unión Europea,

 

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